Sincronía Summer 2008


 

Contrabando de tabaco en la Nueva España: el caso de Valladolid, hoy Morelia

Alfredo Barragán Cabral


 

 

Cuando en la Nueva España se impuso el estanco del tabaco y se consolidó su monopolio se puso fin a un mercado bien organizado que había sido puesto en marcha de manera independiente por cosecheros, tabaqueros y cigarreros. En su primera etapa el monopolio tuvo dificultades para abastecer de tabaco a los numerosos consumidores del extenso virreinato. Esta situación y los posibles resentimientos de los sujetos que se vieron despojados de su fuente de trabajo fueron los factores que impulsaron el comercio clandestino del tabaco. En buena medida también facilitó el tráfico de tabaco el hecho de que esta planta se podía cultivar sin muchas complicaciones en muchas regiones del país.

Con el fin de contrarrestar los efectos que ocasionaba el contrabando se elaboraron los reglamentos a partir de los cuales se pensaba poner fin a este comercio ilegal. Para su elaboración se sirvieron de la experiencia que en este problema se había adquirido en la metrópoli y en Cuba a raíz de que fue una situación que había costado mucho trabajo erradicar. Los reglamentos fueron hechos por los ministros del gobierno Borbón. El rey los envió a la Nueva España el 22 de julio de 1764 para que se efectuara el Resguardo de la Renta y se impulsara el combate a los traficantes. Las instrucciones señalaban que los administradores tenían facultades para iniciar los procesos a los delincuentes, así como determinar las penas que se hiciesen menester aplicar a los defraudadores.[1]

En las instrucciones se exponen los mecanismos a través de los cuales los miembros del resguardo ejecutarían la aprehensión del fraude o el reconocimiento de las siembras clandestinas, e iniciarían un proceso judicial contra los implicados en el contrabando.[2] Era necesario que el escribano diera fe de la aprehensión y las circunstancias conforme se hubieran desarrollado los hechos. Además, se procedía a pesar el tabaco, a encarcelar a los infractores y a confiscarles sus bienes. Se consideraban como delincuentes a los dueños, conductores, vendedores, encubridores o compradores de contrabando. Se les tomaba la declaración a los reos buscando que confesaran los nombres de otros sujetos implicados en el tráfico de tabaco. Al comprobarles su delito se les imponía la pena del duplo, es decir, tenían que pagar dos veces el valor del tabaco confiscado; esto en caso de ser la primera vez, ya que en los casos de reincidencia y de acuerdo con el juez se les aplicarían multas más altas y castigos corporales. En cuanto a los contrabandistas que se resistieran a los oficiales del resguardo se harían acreedores de 200 azotes y cuatro años de prisión. En caso de que la resistencia hubiese causado estragos en el resguardo se aplicaría la pena de muerte a los traficantes. También se estableció que el tabaco requisado se dividiría en tres partes para repartir su costo entre el juez, el aprehensor y el denunciante. Los castigos variarían solamente en los casos que se tratara de menores de edad y de indígenas. A los primeros la pena se les impondría conforme a lo dispuesto por el juez y a los segundos se les aplicarían únicamente castigos corporales.[3]

En cuanto a la prohibición para utilizar el tabaco silvestre se recomendó localizar los sitios en que éste se encontraba para proceder a destruirlo. En la factoría de Valladolid era común encontrarse el tabaco silvestre. El 8 de octubre de 1793, el factor Vicente Domínguez giró instrucciones al administrador del tabaco en el partido de Peribán para que eliminara el tabaco que crecía en el pueblo. Por otra parte, le indicaba que indagara si había individuos que se dedicaban a su cultivo y comercio para que fuesen consignados y castigados. El cuanto al administrador de Jiquilpan y a su investigación sobre tabaco silvestre en el partido de Peribán, Angel Bernardo González señala que sometió a interrogatorio, entre otros, a Jaime Álvarez, español casado de 44 años; también a Policarpio Ochoa, español de 66 años; a Pedro Pardiñas, español casado de 46 años; además de otros testigos y el vicario quien vivía ya en el pueblo desde hacía 18 años. En el interrogatorio los testigos coincidieron en señalar que el tabaco silvestre era abundante en el pueblo, pero que nadie lo usaba, ya que los fumadores compraban el tabaco en los estancos del rey. Respecto a la destrucción del tabaco le indicaron que no valía la pena el esfuerzo, ya que pronto crecería de nuevo.[4]

En las instrucciones enviadas por el rey se contemplaba también que los visitadores, tenientes y guardas estuvieran pendientes de las remesas de tabaco, y en los casos de contrabando tendrían que ejecutar aprehensiones y realizar las actividades necesarias para castigar a los contrabandistas. Estos funcionarios tenían licencia para registrar las casas sospechosas de la gente del pueblo y de las gentes distinguidas sólo cuando se tenía la certeza de su implicación en el tráfico de tabaco. El registro a los arrieros y a otras personas se hacía siempre sin causar muchas molestias.

La rápida gratificación a los denunciantes de los contrabandistas del tabaco fue una medida que le rindió buenos frutos a la Renta del Tabaco en la Nueva España. Este mecanismo se hizo importante cuando se comprobó que el Resguardo estaba imposibilitado para vigilar el enorme territorio del virreinato. Así, el problema se resolvió con los denunciantes, pues normalmente eran los individuos más pobres quienes para asegurar la recompensa estaban alertas en todas partes.  Asimismo el 27 de agosto de 1787 se dieron instrucciones para que los comandantes del Resguardo pudieran valerse de confidentes o espías a cambio de una crecida gratificación. La indicación fue no “escrupulizar” en gastos para combatir y erradicar el contrabando. Existía la posibilidad de evitar gastos, ya que la gratificación se haría de acuerdo a la cantidad que fuese decomisada.[5]

Para evitar el contrabando de tabaco se vigiló lo que se transportaba de un lugar a otro y se pasaba revista a los grupos de arrieros para mantener a raya a los traficantes. Además, se tenía en cuenta que no siempre era posible dictar desde la capital normas específicas para atacar las dificultades de cada región. Por esto se dio margen para que los administradores pudiesen proceder de acuerdo a su juicio en los problemas particulares de su jurisdicción. Solamente tenían el compromiso de consultar los casos dudosos de difícil solución y que no estuviesen contemplados por los reglamentos que les proporcionaron.[6]

            Cuando quedaba demostrado que había contrabando, el defraudador, junto con las caballerías, armas y demás bienes, era detenido y puesto a disposición de las autoridades para su proceso y castigo. En cuanto a las siembras clandestinas se hacía averiguación del propietario del terreno y se le seguía juicio a éste y al arrendador o a quien resultase culpable del fraude; por último, las plantas eran destruidas.[7]

            Con el fin de evitar el contrabando entre los viajeros, el rey determinó en la Real Orden del 18 de noviembre de 1784 y del 3 de agosto de 1785 la cantidad de tabaco que estos podrían conducir en su viaje de España a América. Esto para evitar que transportaran grandes cantidades de tabaco, por lo que solamente se les permitió llevar dos libras de tabaco para su consumo durante el viaje. De acuerdo con esta orden se solicitaba a los funcionarios de la Renta del Tabaco que mantuvieran estrecha vigilancia sobre los pasajeros para que detectaran a los que contrabandeaban tabaco por esta vía.[8] Se estableció que en el caso de individuos que fuesen a ocupar puestos en América se les permitiría llevar tabaco para su consumo personal bajo un registro muy detallado.[9]

 

 

Las formas del Contrabando.

 

El contrabando formó parte del monopolio del tabaco. Poco se sabe de las redes del contrabando. Sin embargo, en los diferentes expedientes se proporcionan informes aislados acerca de los medios que se ponían en práctica cuando se  traficaba con el tabaco.

            Para contrabandear con el tabaco y lograr burlar la vigilancia del resguardo los contrabandistas implementaron diferentes formas para lograr su objetivo. Entre ellas destaca el contrabando realizado a través de los sobrantes que los cosecheros escondían en las propias villas. Éstos seleccionaban las mejores hojas para vendérselas a los traficantes, ya que con esto obtenían un mayor beneficio y se corría el mismo riesgo. También fue común la práctica de siembras clandestinas en diferentes lugares del virreinato, sólo que el cultivo y curado apresurado de las hojas ocasionaba que el producto no fuese de calidad. Estos dos mecanismos no formaron parte de un contrabando muy crecido, ya que las denuncias de los particulares y la vigilancia del resguardo en campos y caminos apartados resultaba eficaz para impedir grandes siembras o tráficos.

            Otra forma de tráfico que tuvo más éxito fue la que se realizaba en las tercenas del estanco. Esta se efectuaba a partir de que los particulares podían comprar tabaco en rama y enseguida destinarlo a las cigarrerías clandestinas. Las ganancias resultaban a partir de que la libra en rama costaba 10 reales y ya manufacturada obtenían de 12 a 14 reales la libra. La Renta combatió esta forma de contrabando cuando exigió que todos los administradores de estancos llevaran cuenta del tabaco en rama que se vendía y de los sujetos que lo compraban, de tal forma que los individuos que frecuentemente compraban tabaco en rama se hacían sospechosos e inmediatamente eran investigados. La forma más sofisticada de contrabando fue la que se realizó con las propias labores de la Renta, y para lograrlo los cigarreros clandestinos desbarataban los cigarros manufacturados en las fábricas y ya desmenuzados obtenían tabaco suficiente para elaborar cigarrillos de menor tamaño pero de  mejor calidad que los de la Renta.

 

 

El resguardo y los contrabandistas. 

 

En cada factoría se organizó un resguardo de la Renta, compuesto por cierto número de visitadores, sus tenientes, un escribano y sus guardias armados. Fue tarea de los visitadores actuar como inspectores de los funcionarios inferiores y como jueces de residencia cuando dejaban su empleo.

La organización de un cuerpo de resguardo que reprimiera el contrabando, exterminara las siembras clandestinas, escoltara las remesas de caudales de la Renta y acompañara a los arrieros que transportaban el tabaco de un sitio a otro constituyó uno de los asuntos de primer orden de la administración de la Renta del Tabaco.[10] Al cuerpo de resguardo se le encargó la misión de destruir las siembras clandestinas, tarea que implicó cierta violencia, ya que hasta entonces había habido libertad de cultivo y muchos individuos se habían dedicado a beneficiar el tabaco. En un principio, para apoyar al Resguardo fue necesario que las milicias regulares y todos los funcionarios contribuyeran al cumplimiento de su encomienda[11]. Desde ese momento comenzó una larga y costosa persecución de las siembras clandestinas.[12] Pese a los esfuerzos destinados a impedirlas, éstas proliferaron sobre todo en los sitios donde con anterioridad ya se practicaba este cultivo, o lo cultivaban en lugares más ocultos para escapar de la mirada de las rondas y de los rigores que la administración tenía para este delito.

            Este resguardo se dedicó con particular atención a destruir las plantaciones que se encontraban fuera de los límites que se habían autorizado para realizar el cultivo de esta planta y confiscaron toda la hoja y tabaco manufacturado que se encontraba en manos de los contrabandistas.

            En Valladolid hacia 1777 empezó a funcionar el cuerpo de resguardo y la Renta del Tabaco pagaba sus salarios anuales. Para 1790 se contó con cuatro visitadores con sueldo de mil pesos; tres tenientes visitadores con sueldo de 800 pesos anuales y 15 guardias con sueldo anual de 500.[13] Acerca de cómo actuaba este resguardo,  qué opinaban de este cuerpo sus contemporáneos y qué tan efectivo era tenemos pocas noticias. El obstáculo más serio para realizar una lucha eficaz que erradicara todas las actividades clandestinas fue la gran dispersión de poblaciones en un enorme territorio impenetrable por la falta de caminos que permitieran el paso. El peligro para el resguardo, además de las condiciones naturales, era que los contrabandistas estaban siempre dispuestos a defender sus bienes y su vida.

            Sobre los casos de contrabando de tabaco destaca el hecho de que no traficaban con enormes cantidades de este producto. Sin embargo, no contamos con noticias suficientes que nos ayuden a plantear con precisión las dimensiones del contrabando y el perjuicio que ocasionaba a la Renta.

En relación con el contrabando tenemos el informe realizado por el intendente de Valladolid Felipe Díaz de Ortega. Trata el caso seguido a José Luciano Pegueros y Alonso Cansino por vender tabaco de contrabando.[14] El proceso para determinar la pena que se aplicaría a estos contrabandistas la iniciaron el factor de la Renta Vicente Domínguez y el teniente visitador Manuel Antonio Palacios el 15 de abril de 1796. José Luciano Pegueros en su declaración manifestó que en su casa le encontraron cinco libras y 25 cajetillas de tabaco y para realizar la venta estaban implicadas cuatro mujeres. Además, refirió que el tabaco era propiedad de Alonso Cansino. Por su parte Alonso Cansino acudió por su cuenta a declarar su delito y pidió su libertad previo pago de fianza. Se determinó que se quemaría el tabaco, se impuso una multa de 84 pesos y 6 reales a Alonso Cansino y un mes de cárcel para José Luciano Pegueros por no contar con dinero para pagar la multa.

            En otro proceso practicado el 22 de diciembre de 1787 por el teniente visitador José María de Quintanilla y Mier y los guardias José Bolaños y Vicente Navarro, se refiere detalladamente el procedimiento seguido para determinar el castigo de los contrabandistas de tabaco.[15] Se le tomó declaración a Pedro Regalado, mulato viudo de 45 años de edad cuya infracción fue por transportar 20 mazos de tabaco por el pago de 10 reales. Reconoció que era la primera vez que transportaba tabaco de contrabando y comprado, ya que adquirió 5 pesos de tabaco. Señalo que no sabía de otras gentes que contrabandearan con el tabaco. El tabaco lo envió Gregorio Olivar de Petatán al rancho de Ixtapa a Juan Orejón. Gregorio Olivar reconoció su infracción y además, señaló que había vendido tabaco a Isidro García, al peón Juan José Lumiga, a Cayetano Vázquez y al hijo de éste, Juan Vázquez, y también al Minero Nicolás Pérez. Se detuvo a los implicados, se les confiscaron sus bienes y se les tomó su declaración. La característica principal entre los infractores era su oficio de labrador,  y en cuanto a la motivación que los había hecho cometer el delito señalaron que fue la necesidad, es decir, sus escasos recursos y la posibilidad de obtener dinero a través del tabaco. Expresaron que no conocían a otros sujetos que contrabandearan con el tabaco y a la vez indicaron que sí sabían que era delito cultivar y comerciar tabaco, pero que no tenían conocimiento sobre el castigo que se aplicaba a los infractores. Se determinó como castigo que los infractores pagaran el duplo y cuatro meses de cárcel.

            Al contrabando venían a sumarse los ladrones que a menudo hicieron de los estanquillos sus lugares para obtener dinero mediante el robo. Los bandoleros en número crecido merodeaban los caminos transitados para asaltar a los viajeros y a los arrieros que transportaban mercancías o valores del tabaco. Estos episodios son escasamente conocidos, a pesar de que los testimonios son abundantes. Sobre este asunto destaca el informe realizado por Angel Bernardo González sobre el robo que sufrieron los caudales de la Renta del Tabaco.[16]  Refiere que el 1 de noviembre de 1794 se realizó el envío de dinero a la factoría de Valladolid. La suma era de 3,651 pesos. Relató que a las cuatro de la tarde, en el camino real de Jiquilpan a Zamora, fueron asaltados los conductores por nueve sujetos armados, los que al apoderarse del dinero se dieron a la fuga. En el expediente se solicita se le dé tiempo al administrador para resolver la situación del asalto, ya que por ser de escasos recursos no puede cubrir el monto de lo robado.

            Pese a no poder determinar el daño causado por el contrabando a la Renta del Tabaco sí se puede señalar que el tráfico de tabaco incidió en la baja de valores. Por lo menos así se indica en los expedientes examinados.[17] El deterioro de la Renta del Tabaco se suscitó en 1810, precisamente como consecuencia del movimiento insurgente dirigido por Miguel Hidalgo y la profunda y duradera crisis social que le siguió. Fue común la destrucción de almacenes y quema de tabaco en hoja posiblemente porque sabían que causaban un gran daño económico a la Corona. El contrabando del tabaco alcanzó sus mayores índices entre 1810 y 1821, ya que la Renta se vio impedida para poder abastecer de tabaco a los consumidores en todo el virreinato.

La Renta tenía un doble significado para los insurgentes: por un lado se podía encontrar en las administraciones y expendios de tabaco dinero con el que se podían remediar las precarias finanzas del movimiento, y por otro lado se efectuaban actos de venganza contra el monopolio por la función impositiva que había efectuado en el virreinato. Contribuyó al deterioro de la Renta el ejército que se organizó para hacer frente a los sublevados, ya que con los ingresos que generaba el tabaco pudo aprovisionar, pagar y mantener sus tropas.[18] La práctica común fue que los jefes militares con autorización o sin ella se acostumbraron a recurrir a la Renta para asegurar el equipamiento y alimentación de sus soldados. Incluso, en este expediente del 27 de marzo de 1816 se señala que los militares esperaban el abasto de tabaco para venderlo a precios más altos para poder armar y vestir a las tropas.[19]

Otro factor que provocó la ruina de la Renta fue que los cosecheros dejaron de cultivar tabaco y además, se tenían muchos problemas para abastecer de papel a las fábricas. Esta falta de abasto de materias primas condujo al cierre de las fábricas en Querétaro y Guadalajara. Sólo funcionaron las fábricas de México, Guadalupe, Puebla y Orizaba, pero su producción no era suficiente para abastecer a los consumidores de tabaco en el virreinato. De esta forma fueron constantes las solicitudes por parte de la factoría de Valladolid para que enviaran tabaco de la capital del virreinato o de Querétaro para su venta a los fumadores del obispado de Michoacán.[20]

En suma, la imposición del estanco del tabaco y su posterior monopolio a nombre del rey fue impulsada por el reformismo Borbón a partir de la segunda mitad del siglo XVIII. Este monopolio fue destruido por el contrabando del tabaco y las guerras de independencia que se dieron a partir de 1810. Esta situación de ruina de la Renta, agravada por los peligros del movimiento insurgente, propició el incremento del contrabando y las siembras clandestinas en regiones donde ya se había cultivado esta planta, tal y como era el caso de Nayarit, Autlán, Guadalajara y Michoacán. Cuando el cuerpo del resguardo pasó a formar parte del ejército que luchaba contra los insurgentes se dejó de combatir el contrabando de tabaco. Para este periodo de guerra el transporte de tabaco se encareció por el temor que significaba ser asaltado por los insurgentes y lo costoso que resultaba trasladar tabaco con una escolta militar.[21]  La quiebra de la Renta se confirma también con el hecho de que sus funcionarios sólo presentaron los valores del tabaco hasta el año de 1809. A partir de esta fecha fueron extinguiéndose, paulatinamente, fielatos y estanquillos, y el tabaco clandestino empezó a cubrir el mercado que el monopolio real fue dejando.

 

 



[1]    A.G.I. México, 2255. fs./s.n.

[2]    A.G.N. Alcaldes Mayores. Vol. 9. Fs. 223r-224r. Se contempla que se solicite la ayuda de los indígenas para efectuar la quema de las siembras clandestinas.

[3]    A.G.I. México, 2255. fs./s.n.

[4]    A.H.M.M. Factoría de Tabaco. Caja 12. Exp. 13. fs./s.n.

[5]    A.G.I. México, 2265. fs./s.n.

[6]    A.G.N. Impresos Oficiales. Vol. VII. Exp. 49. Fs. 267r-269r. Además, se refiere la posibilidad  de evitar quemar el tabaco y que mejor se le entregue su valor en dinero como premio a los guardias y denunciantes.

[7]    A.G.N. Ramo Tabaco. Vol. 252. fs./s.n. Entre los casos de que se da cuenta destaca el de María Pastora, se refiere que en la casa de ésta se encontró tabaco. Como castigo se le dio una multa de 50 pesos y un mes de cárcel a pesar de que el indio Juan Candelario se hizo responsable del tabaco al expresar que lo tenía para su consumo personal.

[8]    A.G.N. Impresos Oficiales. Vol. XV. Exp. 14. Fs. 44r-47v.

[9]    A.G.N. Impresos Oficiales. Vol. XIX. Exp. 52. Fs. 268r-270r.

[10]    A.G.I. México, 2255. fs./s.n.

[11]    Para más detalles sobre el papel de las milicias en la consolidación del monopolio del tabaco o incluso sobre la labor conjunta que realizaron las milicias, el tribunal de la acordada y el resguardo en el combate a los contrabandistas: Cfr. McAlister, Lyle N, El fuero militar en la Nueva España (1764-1800). UNAM. México, 1982. p. 54. Consultar también en: Christon I. Archer, El ejército en el México borbónico, 1760-1810. F.C.E. México, 1983. p.124. Para este mismo asunto ver: Vega Juanino, Josefa, La institución militar en Michoacán, en el último cuarto del siglo XVIII. El Col-Mich, Zamora, 1986. p. 46.

[12]    A.G.N. Alcaldes Mayores. Vol. 9. Fs. 223r-224v.

[13]    A.G.I. Indiferente General 176. fs./s.n.

[14]    A.G.N. Reales Cédulas. Vol. 171. Exp. 104. Fs. 122r-126v.

[15]    A.H.M.M. Factoría de Tabaco. Caja 12. Exp. 12. fs./s.n.

[16]    A.G.N. Ramo Criminal. Vol. 444. Exp. 11. Fs. 213r-234v.

[17]  A.G.N. Correspondencia Virreyes. Vol. 177. Primera serie. Fs. 271r-273v. A.G.N. Correspondencia Virreyes. Vol. 188. Primera serie. Fs. 218r-218v. A.G.N. Correspondencia Virreyes. Vol. 33. Fs. 75r-76v. En estos expedientes se expresa cómo el contrabando influía en la decadencia de la renta del Tabaco.

[18]    A.H.M.M. Actas de Cabildo. Libro 119. fs./s.n.

[19]    A.H.M.M. Actas de Cabildo. Libro 119. fs./s.n.

[20]    A.H.M.M. Actas de Cabildo. Libro 119. fs./s.n.

[21]    A.H.M.M. Actas  de Cabildo. Libro 119. fs./s.n. Constantes solicitudes del factor Eusebio Pérez para que condujeran tabaco de Querétaro a Valladolid. El comandante del ejército del norte, José Castro, era el encargado de escoltar la remesa de tabaco. El ejército, al participar en el transporte del tabaco para dar protección, originó el derecho de poder participar de los ingresos que este comercio dejaba, sin la menor queja de los administradores de la Renta del Tabaco.

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